Dependientes directos

Los dependientes directos son:

-Cónyuge del afiliado o compañero de vida con quien haya mantenido una vida marital durante los tres años anteriores a su inscripción o haya procreado hijos, siempre que ambos no tengan impedimento legal para el matrimonio

-Hijos e hijastros menores de 18 años del afiliado

-Hijos e hijastros hasta los 21 años cuando sean estudiantes

-Hijos e hijastros discapacitados, independientemente de su edad, que dependa del afiliado

Los documentos necesarios para su afiliación son los siguientes:

-Dirigirse a la ARS donde el titular se encuentra afiliado 

-Acta de matrimonio y/o acta de unión libre

-Copia de cédulas

-Acta de nacimiento de hijos e hijastros

En caso de hijos adoptivos se requiere acta de nacimiento donde figure el titular como padre o Documento definitivo que avale la adopción legal, emitida por CONANI o el juzgado de menores.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Logo-gob-virtual-color
Servicio GOB
911-2
911
311_200x200_Mesa-de-trabajo-1
311
beca-tu-futuro
Beca tu Futuro
Vmr4JMgm_400x400
Observatorio MAP
cncs
CNCS
iwf
Denucia de Abuso Infantil
descarga
E Ticket
Sin-titulo-1-08
Portal de Auto Servicio
logo-carta-compromiso-al-ciudadano
Carta de Compromiso al Ciudadano