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La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados continúa orientando y educando a los afiliados sobre los beneficios, derechos y deberes que por derecho le corresponden en el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

La institución encargada de orientar y defender los a los afiliados está   representada por los encargados de cada oficina provincial, con ellos asumimos el compromiso de llegar a cada uno de los afiliados y ciudadanía  en general para orientarles en  torno a los beneficios que les ofrece el sistema.

Las charlas iniciaron en la Provincia de  Higuey con los integrantes del Club Rotario y fue impartida por la licenciada Santa de León Perozo, encargada de la DIDA en esa región con el apoyo de las colaboradoras de la Oficina Central y en coordinación con Natali Cabrera miembro del Club Rotario.

La licenciada De León orientó a más de 45 participantes sobre los deberes, derechos y beneficios del SDSS en cada de los seguros que componen: Seguro Familiar de Salud, Pensiones y Riesgos Laborales así como las generalidades establecidas en las Leyes 87-01 y 13-20 y sus normas complementarias.

En dicha actividad orientamos sobre las funciones y actividades que realiza la DIDA, y los beneficios que les ofrece el Seguro Familiar de Salud, subsidios de maternidad, lactancia y enfermedad común; ofrecimos información sobre los diferentes formas de pensión además de los requisitos para tales fines  así como en el Seguro de Riesgos Laborales, conversamos sobre los accidentes en trayecto, accidentes en el trabajo y forma de como beneficiarse en caso de suceder.

En el conversatorio, los participantes fueron orientados  sobre los beneficios del SFS en tiempos de COVID y los derechos que ofrece este seguro mientras dure el estado de emergencia  y situación sanitaria que vive el país.

 

Iglesia Adventista del 07mo. día

De la misma forma ofrecimos una Charla a 29 fieles de la Iglesia Adventista del 07mo. día sobre el Seguro Familiar de Salud y normas complementarias que le rigen, con la colaboración de la Jennifer Castillo.

 

INTEC

El jueves 10 el encuentro virtual fue realizado con los estudiantes de Maestría  de Administración de la Construcción INTEC, más de 29 estudiantes fueron orientados por la Lic. Zully Arias y Angélica Almanzar  sobre los beneficios, derechos y deberes del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Este viernes 11 de septiembre  estaremos compartiendo con  los afiliados de Puerto Plata, el licenciado Pedro Rubén Artilles estará disertando a grupos de Recursos Humanos de diferentes instituciones.

La  DIDA  continua  cumpliendo con uno de los roles más importantes  que tiene esta institución y  el compromiso de llegar a cada  uno los ciudadanos dominicanos.

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Monday, 20 July 2020 20:48

Seguro de Riesgos Laborales

¿Qué es el seguro de Riesgos Laborales?

El seguro de riesgos laborales está destinado a la prevención y protección de accidente y/o enfermedades ocasionadas por su lugar de trabajo. Comprende toda lesión corporal y estado delicado que el trabajador sufra como consecuencia de su trabajo.

Riesgos que cubre el Seguro de Riesgos Laborales

El seguro de Riesgos Labores cubre toda lesión corporal o estado de gravedad sufrido durante el tiempo y en el lugar del trabajo;

Los accidentes de tránsito (AT) ocurridos a consecuencia de tareas encomendadas por el empleador, aún distintas a la profesión u ocupación del trabajador;

Accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo;

Accidentes de tránsito y en trayecto dentro de la ruta y horario de trabajo; y

Enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la profesión o el trabajo que realiza la persona.

Beneficios del Seguro de Riesgos Laborales.

Accidente en Trayecto

Es el accidente de tránsito que sufre el trabajador en su ruta habitual al trabajo y viceversa.

Para calificar un accidente en Trayecto como un accidente de trabajo y obtener el derecho a las prestaciones del Seguro de riesgos Laborales, debe reunirse las siguientes condiciones:

  1. Que el accidente ocurra en la ruta y horario habitual hacia y desde el centro de trabajo, o viceversa, sin importar el medio de trasporte;
  2. Que no haya interrupciones y/o desviaciones voluntarias evitables e innecesario que rompan el nexo causal, considerando como in-itinere los siguientes:

 

  • Domicilio-Trabajo-Domicilio;
  • Domicilio-Trabajo-Domicilio Secundario;
  • Trabajo-Trabajo;
  • Trabajo-Comedor –Trabajo;
  • Domicilio-Guardería/Colegio-Trabajo-Viceversa; y
  • Trabajo-Centro de Estudio. Siempre que el trabajador haya notificado al empleador que está estudiando y aporte los documentos probatorios

 

3. Que ocurra fuera del horario de entrada y salida por encomienda expresa del empleador.

Prestaciones del Seguro de Riesgos Laborales

Existen dos tipos de prestaciones, las prestaciones en especie y en dinero, las prestaciones en especies son todos los servicios médicos (Atención médica, quirúrgica, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y servicios de rehabilitación y prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos junto a su reparación) que recibe la persona a consecuencia de una enfermedad o accidente laboral.

Las prestaciones en dinero son los beneficios que recibe el afiliado afectado tales como Subsidio por discapacidad temporal, indemnización por discapacidad, pensión por discapacidad; y pensión por sobrevivencia.

 Procedimiento para obtener los beneficios en el Seguro de Riesgos Laborales

 

El empleador es quien debe tramitar la solicitud de los beneficios del SRL por ante la IDOPPRIL, depositando los siguientes documentos:

 

Llenar el formulario ATR-2 para accidentes laborales

Llenar el formulario EPR – 1 para enfermedades profesionales

Certificado médico original o historial clínico.

Fotocopia de cédula de identidad y electoral.

Si el afiliado tuvo un accidente en trayecto al trabajo o de camino a su casa debe de presentar acta policial

 

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Un Accidente en Trayecto es aquel que ocurre en la ruta y horario habitual hacia y desde el centro de trabajo, o viceversa, sin importar el medio de transporte y que no haya interrupciones y/o desvaciones voluntarias evitables e innecesarias que rompa el nexo causal.

Los domicilios que se consideran como accidente en trayecto con derecho a prestaciones son los siguientes: 


I. Domicilio – Trabajo – Domicilio
II. Domicilio – Trabajo – Domicilio Secundario
III. Trabajo – Trabajo
IV. Trabajo – Comedor _ Trabajo
V. Domicilio – Guardería/Colegio – Trabajo y Viceversa
VI. Trabajo – Centro de Estudio (siempre que el trabajador haya notificado al empleador que está estudiando y aporte los documentos probatorios.)

Conoce más sobre el tema en el ABC SDS Seguro de Riesgos Laborales https://bit.ly/31jj1om 

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